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Sentencian a pena máxima a mujer salvadoreña tras haber sufrido aborto espontáneo.

Un juez determinó dictar una sentencia de 50 años de prisión contra una joven que habría sufrido un aborto espontáneo.

by Miguel Mejía

El Salvador.- La justicia salvadoreña condenó a 50 años de prisión a una joven que a sus 19 años enfrenta una emergencia obstétrica. Por esto, organizaciones de mujeres rechazan la decisión judicial y apelarán el fallo. Esta es la primera vez en la historia que se aplica la pena máxima desde que se penalizó de manera absoluta el aborto. 

Lesly es una joven de 21 años, su familia subsiste del trabajo agrícola que aporta un solo miembro de esta numerosa familia. Ella es la tercera de siete hermanos. No tuvo acceso a educación de calidad, solo cursó hasta séptimo grado, pues tuvo que asumir las tareas del hogar y cuidar a sus 4 hermanos menores de edad. La familia de Lesly vive en situación de pobreza extrema, no tiene acceso a agua potable ni electricidad y no cuenta con una vivienda digna. En la vida de ella y su familia, el Estado siempre ha permanecido ausente. 

Lesly, a sus 19 años, sin educación integral de la sexualidad, desconocía lo que estaba sucediendo en su cuerpo. El 17 de junio de 2020 a las 9:30 de la noche, tuvo una emergencia obstétrica en su casa, sintió deseos de defecar y sin saberlo comenzó el trabajo de parto. Fue a la letrina y en ese momento tuvo un parto precipitado expulsando la criatura en gestación, “sentí que algo me salía”, estaba oscuro y no lograba ver lo que expulsaba, se asustó y entró en pánico, todo era confuso, ya que era primeriza.

En busca de ayuda, sus familiares y vecinos llamaron a la policía, la llevaron al hospital y allí comenzó su tránsito del hospital a la cárcel.

El 26 de junio de 2020 se llevó a cabo la audiencia inicial, Lesly no pudo estar presente debido al deterioro en su salud por la emergencia obstétrica. Había recibido 3 transfusiones de sangre. En dicha audiencia el juez decretó instrucción formal con detención provisional.

El proceso jurídico contra Lesly estuvo lleno de irregularidades y prejuicios. En ese sentido, la defensa solicitó anular la etapa de instrucción debido a que el juez no admitió la incorporación de pruebas que demostraran su inocencia. Por ejemplo, no valoró el peritaje social de Medicina Legal que evidencia la violencia de género a la que Lesly había sido sometida, ni el peritaje psicológico que sugería la realización de un estudio psiquiátrico. 

Con todos estos vacíos y dudas, el juez condenó a Lesly el pasado 29 de junio a 50 años de cárcel, basando su decisión en meros prejuicios de género al justificar la pena: “Las madres son la fuente de protección de los hijos en cualquier circunstancia de la vida y usted no lo fue”. Dejando de lado todas las circunstancias que atravesaron la emergencia de salud de Lesly y no establecer elementos suficientes que demuestren su culpabilidad.

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