Home NoticiasInmigración EE.UU. prepara revocar visas B1/B2 de hasta 200,000 solicitantes de asilo

EE.UU. prepara revocar visas B1/B2 de hasta 200,000 solicitantes de asilo

La medida busca frenar el uso de los visados de turista para después pedir asilo, pero generó fuertes demandas de organizaciones civiles.

by Miguel Mejía
EE.UU. prepara revocar visas B1/B2 por solicitudes de asilo

Actualizada el 27 de agosto de 2026. Esta versión aclara que una solicitud de asilo pendiente no equivale por sí sola a un estatus migratorio legal y que la revocación de una visa no produce automáticamente una deportación ni elimina todas las posibles vías de apelación o ajuste.

El Departamento de Estado confirmó el plan, pero no la cifra divulgada por Associated Press. La revocación de visas no decidiría por sí sola los casos de asilo ni ordenaría deportaciones automáticas.

Por Miguel Mejía

El Gobierno de Estados Unidos prepara la revocación de visas de negocios y turismo pertenecientes a personas que ingresaron como visitantes temporales y posteriormente solicitaron asilo. La medida podría alcanzar hasta 200,000 visas B1 y B2, aunque el Departamento de Estado todavía no ha confirmado públicamente esa cifra ni ha presentado las reglas finales del proceso.

Associated Press informó que el cálculo proviene de información interna del Departamento de Estado y de dos funcionarios federales. La agencia indicó que el plan abarcaría visas expedidas entre 2016 y 2026 a personas que solicitaron o mantienen en trámite una petición de asilo.

El plan podría afectar a solicitantes de visas que viven en Houston y otras ciudades de Texas si ingresaron con una visa B1 o B2 y después pidieron protección en Estados Unidos. El Gobierno federal no ha divulgado cifras por ciudad, estado, nacionalidad o país de origen.

El Departamento de Estado coordina las revocaciones con DHS

El portavoz del Departamento de Estado Tommy Pigott confirmó que la dependencia trabaja con el Departamento de Seguridad Nacional (DHS) para identificar visas de no inmigrante pertenecientes a personas que llegaron como visitantes de corta duración y luego solicitaron asilo.

Pigott no confirmó cuántas visas serán anuladas. El funcionario indicó que el proceso se realizaría gradualmente y que la cantidad permanecería sujeta a cambios.

La cifra de hasta 200,000 fue obtenida por Associated Press mediante información interna y entrevistas con funcionarios federales. Si se aplica en esa magnitud, sería la mayor revocación colectiva de visas registrada en Estados Unidos.

El plan alcanzaría visas B1 y B2 emitidas desde 2016

Las visas B1 permiten viajes temporales relacionados principalmente con negocios. Las visas B2 se utilizan para turismo, visitas familiares y determinados tratamientos médicos. Muchas personas reciben una visa combinada B1/B2.

El Departamento de Estado sostiene que solicitar asilo después de ingresar como visitante puede contradecir la intención temporal declarada al solicitar la visa. Sin embargo, presentar una petición de asilo no demuestra automáticamente que una persona cometió fraude cuando obtuvo su permiso de viaje. Esa determinación depende de los hechos y antecedentes de cada caso.

La ley permite solicitar asilo a personas que se encuentran físicamente en Estados Unidos, independientemente de cómo ingresaron, aunque existen requisitos, plazos, excepciones y motivos de inelegibilidad que deben evaluarse individualmente.

Revocar una visa no ordena automáticamente la deportación

Una visa permite presentarse en un puerto de entrada y solicitar admisión a Estados Unidos. No es lo mismo que el estatus migratorio que una persona mantiene después de ingresar ni sustituye la decisión sobre una solicitud de asilo.

Por esa razón, cancelar una visa B1/B2 no genera por sí sola una orden de deportación y tampoco resuelve la petición de protección. Associated Press indicó que la mayoría de las personas con casos de asilo pendientes no enfrentaría una deportación inmediata únicamente por la revocación.

La situación cambia según el historial migratorio de cada persona, la vigencia de su admisión, el tribunal o agencia que estudia su solicitud y la existencia de otros trámites o protecciones.

Una solicitud pendiente no concede estatus migratorio

La presentación de una solicitud de asilo permite que USCIS o un tribunal de inmigración evalúe la petición, pero no concede automáticamente asilo ni crea por sí misma un estatus de no inmigrante.

Algunas personas mantienen otro estatus mientras su solicitud permanece pendiente. Otras pueden permanecer en Estados Unidos durante el trámite sin contar con un estatus migratorio vigente. También pueden obtener una autorización de empleo después de cumplir los requisitos correspondientes, pero ese permiso de trabajo no equivale a una visa ni a la aprobación del asilo.

La visa revocada no podría utilizarse para regresar

Una de las consecuencias más directas sería la imposibilidad de utilizar la visa B1/B2 cancelada para regresar a Estados Unidos después de salir del país. La admisión futura requeriría otra autorización válida y una nueva evaluación migratoria.

Salir de Estados Unidos mientras una solicitud de asilo está pendiente también puede producir consecuencias adicionales. USCIS puede considerar abandonada una petición en determinadas circunstancias cuando la persona viaja sin autorización anticipada.

La revocación tampoco determina automáticamente si alguien puede solicitar la residencia permanente u otro beneficio migratorio. La elegibilidad depende de la vía utilizada, el estatus previo, la forma de ingreso, posibles periodos de presencia no autorizada y otros factores individuales.

Una negativa de asilo puede tener vías de revisión

El resultado posterior depende de qué agencia resuelva la solicitud. USCIS puede remitir determinados casos a un tribunal de inmigración, mientras un juez puede conceder o negar la protección dentro de un proceso de remoción.

Algunas decisiones de jueces migratorios pueden apelarse ante la Junta de Apelaciones de Inmigración, conocida como BIA. El Departamento de Justicia explica que ciertas apelaciones deben presentarse dentro de 30 días. Otras determinaciones, incluidos algunos procedimientos de miedo creíble o razonable, siguen reglas diferentes.

La Prensa de Houston informó anteriormente sobre otro cambio federal que podría remitir determinadas solicitudes de asilo directamente a los tribunales de inmigración.

La fecha de aplicación y el procedimiento siguen pendientes

El Gobierno federal todavía no ha publicado una fecha de inicio, el mecanismo para notificar a las personas afectadas, una cifra definitiva ni el procedimiento para revisar posibles errores. Tampoco ha precisado si aplicará excepciones o cómo tratará casos presentados antes de que venciera la estancia autorizada de cada solicitante.

Hasta que el Departamento de Estado publique las instrucciones finales, el alcance permanece sujeto a modificaciones y posibles impugnaciones. Las consecuencias individuales requieren la revisión de un abogado de inmigración acreditado; esta información general no sustituye asesoría jurídica.


Mantente informado sobre lo que sucede en tu comunidad. Consulta más noticias locales en La Prensa de Houston.

Ver más noticias